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BENEFICIOS CERIVA-IEPS VS OEA

El 2020 ha sido un año para la historia. 

Ha sido un año lleno de sorpresas sociales, económicas, políticas y, podemos asegurar que, personales. 

El tema principal, a nivel mundial, es todo lo relacionado al COVID-19; cómo tuvimos que guardarnos todos por un periodo de tiempo, cómo se empezó a implementar como práctica diaria el “home office”, cómo se ha ido reactivando cada uno de los sectores poco a poco y cómo, al día de hoy, es una necesidad contar con un cubre bocas para hacer cualquier cosa que sea fuera de casa. 

Así ha sido el 2020; un año en el que, como seres humanos, hemos tenido que adaptarnos a los diversos cambios que el mundo nos ha exigido e impuesto. 

Similarmente a la situación mundial, la semana pasada, el gobierno federal a través del Servicio de Administración Tributaria, nos impone una serie de cambios a los que debemos de adaptarnos si queremos sobrevivir en este sector económico que tanta volatilidad tiene.  

El 24 de julio de 2020, amanecimos con la sorpresa de la Primera Resolución de Modificaciones a las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2020, donde nos encontramos con las impresionantes reformas a las reglas relacionadas al Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS.

Desde el 2015 que se creó esta figura, ha sido un tema que ha venido revolucionando cómo se manejaban usualmente las empresas dedicadas al comercio exterior: entender los requisitos que debían de cumplirse para poder acceder a la Certificación; comprender cómo se presentaban los informes de descargos; llevar a cabo el cumplimiento debido de las obligaciones conforme a lo indicado en las reglas; entre otras cosas. Lo cierto es que, se volvió una herramienta esencial para sobrevivir como empresa con Programa IMMEX.

Desafortunadamente, mediante esta resolución de modificaciones, el gobierno federal decidió cambiar toda la esencia de la Certificación IVA e IEPS y nos deja únicamente con 5 beneficios que, dicho sea de paso, de manera general sólo uno aplica a las empresas con Programa IMMEX. Adicional a esto, establece entre los requisitos para acceder a dicha modalidad el pago de derechos establecido en el inciso m) del artículo 40 de la LFD, que asciende a $29,748.00 pesos; el cual, desde que se implementó esta modalidad, no se había tenido que efectuar. 

Ya es una realidad y ya no hay mucho que podamos hacer al respecto, mas que adaptarnos, como hemos venido haciendo a todas las diferentes circunstancias que se han presentado. 

¿A dónde se fueron todos los beneficios que existían para las certificadas en materia de IVA e IEPS?

Los beneficios que existían para las empresas certificadas en la modalidad de IVA e IEPS, rubros A, AA, AAA, ahora son únicamente accesibles para las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad de Operador Económico Autorizado

Lo anterior se traduce en que, las empresas, para acceder a un crédito fiscal en sus operaciones destinadas a los regímenes aduaneros de importación temporal para elaboración, transformación o reparación en Programas de maquila o de exportación; de depósito fiscal para someterse al proceso de ensamble y fabricación de vehículos; de elaboración, transformación o reparación en Recinto Fiscalizado y de Recinto Fiscalizado Estratégico; y, poder tener un plazo de permanencia para sus mercancías importadas temporalmente al amparo de su Programa IMMEX de 36 meses; deben de tener el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS y de Operador Económico Autorizado, lo que además representa un doble pago de derechos en cantidad de $29,748.00 pesos cada uno

Ahora bien, resulta necesario enfatizar que acceder a esta modalidad de Operador Económico Autorizado conlleva a tener que cumplir una serie de formalidades mucho más demandantes que las que se debían de cumplir con la modalidad IVA e IEPS, pero tener la Certificación en la modalidad de OEA también representa ser considerada una empresa confiable nacionalmente y hasta internacionalmente. 

Además de estar habilitado a la continuación de los beneficios que se tenían en la modalidad IVA e IEPS, tener la modalidad de Operador Económico Autorizado abriría una ventana a una serie de beneficios que previamente no se tenían, como: 

  • Efectuar el despacho aduanero de las mercancías para su importación, sin anotar en el pedimento, en el documento equivalente o aviso consolidado, acuse de valor, en el documento de embarque o documento de transporte que corresponda, o en relación anexa, los números de serie, parte, marca y modelo
  • Efectuar el despacho aduanero de mercancías para su importación, utilizando los carriles exclusivos “Exprés” que establezca la AGA
  • Podrán tramitar un solo pedimento de cambio de régimen de importación temporal a definitivo, que ampare todos los pedimentos de importación temporal que conforme al sistema de control de inventarios automatizado corresponde a las mercancías utilizadas en el proceso de elaboración, transformación o reparación, por las que se esté efectuando el cambio de régimen
  • Podrán efectuar el tránsito interno a la importación o exportación de mercancías
  • Entre otros

De igual forma que se tendría acceso a beneficios para las actualmente certificadas en materia de IVA e IEPS, se eliminaron de manera total los siguientes: 

  • Devolución de IVA en 20, 15 y 10 días
  • Inscripción de manera inmediata en el Padrón de Importadores de Sectores Específicos
  • La duplicidad del plazo (60 días) para cumplir con las regulaciones y restricciones no arancelarias a partir de la fecha de la notificación del acta de inicio del PAMA, para sustituir el embargo precautorio de las mercancías por las garantías que establece el CFF
  • Posibilidad de presentar pedimentos consolidados mensuales
  • Posibilidad de optar por el despacho aduanero de exportación en su domicilio
  • Entre otros

Por todo lo anteriormente indicado, es evidentemente necesario que las empresas que cuenten con el Registro en el Esquema de Certificación de Empresas, modalidad IVA e IEPS, en cualquiera de sus rubros, inicien un análisis respecto de los beneficios que tenían, qué necesitan y la viabilidad de ingresar a la modalidad de Operador Económico Autorizado que, como se estableció previamente, exige una serie de formalidades más robustas que tendrían que irse desarrollando previo a la renovación para asegurarse de no perder los beneficios con los que venían trabajando. 

Te invitamos a acercarte a AP Consultores Legales para llevar a cabo el análisis correspondiente respecto a tu empresa y determinar la posibilidad de ingresar a esta modalidad o, en su caso, trabajar en las áreas de oportunidad para solventar las deficiencias y estar listo para ingresar al mismo cuando llegue el momento necesario. 

En caso de dudas y/o comentarios adicionales, acércate a nosotros al correo [email protected]

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